En este manual, te explicamos la vertebración del proceso penal en el sistema judicial español

El proceso penal en nuestro país se vertebra de la siguiente manera: puede ser iniciado bien por denuncia previa del perjudicado (o querella), o bien de oficio por el Ministerio Fiscal o por la Policía. Tras esta denuncia, con independencia de la procedencia de quien la realice, pasa al Juez, quien la examinará y decidirá si la admite a trámite o no. Caso de ser admitida, se inicia la fase de instrucción del proceso penal, que en función de la pena del delito que se trate, se llamará de una forma u otra (este dato, lo explicaremos en otro manual).

Una vez se ha iniciada la instrucción del proceso penal español, se practicarán diferentes diligencias con el fin de que el juez de instrucción tenga claro si el hecho punible ante el que nos encontramos tiene la consideración de delito o de falta. En función de que sea uno u otro, el proceso penal seguirá uno u otro recorrido, que ahora explicaremos.

Siendo un delito, la siguiente fase dentro de este proceso penal será el juicio oral, y que se realiza ante el Juzgado de lo Penal (o instancia correspondiente en función de la pena con la que se encuentre castigado el delito en el Código Penal);  en este caso, y en virtud del principio de no contaminación que rige el proceso penal español, será un juez diferente con respecto al de instrucción el que enjuicie el asunto en cuestión.

Para el caso de que lo que se enjuicie sea una falta, será el mismo juez instructor el que conocerá del asunto, siendo esta una especialidad esencial del proceso penal. Esta figura del juicio de faltas, se encuentra ahora en una situación de “stand by”, a la espera del desarrollo procesal que se le da a esta figura con motivo de la reciente reforma del Código Penal.

En ambos casos, una vez se tenga sentencia, ésta se ejecutará y con ello se abrirá una nueva fase del proceso penal español, que es la fase de ejecución, dónde se llevará a puro y debido efecto el cumplimiento de la misma.

Hernández Paz Procuradores: http://www.hernandezpazprocuradores.com

0