¿Quién no ha tenido, alguna vez, dificultades para dormir por el ruido de la fiesta organizada por los vecinos?

Todos nosotros lo habremos sufrido en alguna ocasión; los vecinos más próximos no cesan de hacer ruido y no me permite realizar mis  hábitos diarios. La mayor parte de las veces no pasa de ser una situación puntual. Incluso es posible que seamos nosotros mismos los que hayamos organizado una fiestecilla, molestando a nuestros vecinos.

Si la situación es tolerable, nos aguantaremos y esperaremos a que la noche pase rápida.

Si no lo es, si el ruido o la molestia superan lo razonable, lo que debemos hacer es llamar a la policía para comunicar tales hechos. Los agentes acudirán al domicilio correspondiente y requerirán al vecino para que deje de hacer tanto ruido y, en los casos más graves, levantará el correspondiente atestado.

Es normal. Sin embargo, cuando ese tipo de situaciones se convierte en lo habitual, lo habitual en intolerable, y el vecino molesto continúa con esta actitud a pesar de haber hablado con él, surge la cuestión de cómo conseguir que todo acabe.

En estos supuestos, la Ley de Propiedad Horizontal establece la posibilidad de que la Comunidad requiera al vecino molesto para que cese en su comportamiento. En el supuesto de que el vecino no haga caso, deberá convocarse una Junta de Vecinos extraordinaria donde deberán acordarse las acciones legales a adoptar contra ese vecino molesto.

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