La Iniciativa Ciudadana europea es una medida que hace posible que todo ciudadano tenga derecho a participar en la vida democrática de la Unión Europea.

La Iniciativa Ciudadana europea se regula en el Tratado de la Unión Europea (introducida por el Tratado de Lisboa) y se desarrolla por el Reglamento (UE) No 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 2011 sobre la iniciativa ciudadana.

¿En qué consiste?

Un grupo de ciudadanos (un millón de firmantes con capacidad para ello- votar en las Elecciones del Parlamento Europeo) y que procedan de por lo menos un cuarto de los Estados miembros pueden instar directamente a la Comisión Europea a que proponga nuevas leyes sobre asuntos concretos para los fines de aplicación de los Tratados.

Para llevar a cabo con éxito una iniciativa ciudadana se requiere una estructura organizativa mínima un comité de ciudadanos integrado como mínimo por siete ciudadanos de la Unión Europea residentes en, al menos, siete Estados miembros distintos. Ese comité designará a un representante y un sustituto.

¿Cuál es el procedimiento?

Antes de iniciar la recogida de declaraciones de apoyo a la iniciativa propuesta los organizadores deben registrarla ante la Comisión Europea en la página web de la iniciativa ciudadana europea proporcionando información sobre la misma (título, objeto, descripción de los objetivos, disposiciones de los Tratados pertinentes, fuentes de apoyo y financiación a la iniciativa e información sobre los miembros del comité de ciudadanos). Esta información se facilitará en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea.   

En el plazo de dos meses a partir de la solicitud, la Comisión registrará la iniciativa propuesta y la publicará en la página web de la iniciativa ciudadana europea.

Los ciudadanos de la Unión que quieran apoyar una iniciativa ciudadana determinada lo harán cumplimentando una declaración de apoyo a esa iniciativa en un formulario facilitado por los organizadores en papel o por medios electrónicos con mecanismos de seguridad que garanticen la autenticidad de las firmas y la protección de los datos, especificaciones técnicas que se establecen en un Reglamento específico (Reglamento de Ejecución (UE) nº 1179/2011 de la Comisión).

La Comisión europea ha elaborado también un software para la recogida de firmas online 

Los organizadores no están obligados a recoger declaraciones de apoyo en los veintiocho Estados miembros.

No obstante, deben obtener un número mínimo de firmantes en al menos siete Estados miembros. Por ejemplo en España el número mínimo de firmas es de 40.500.  Los organizadores tienen el plazo de 12 meses para recoger las firmas de apoyo.

Las autoridades nacionales competentes en un plazo de tres meses verificarán y certificarán las declaraciones de apoyo. Una vez se tenga esta certificación los organizadores podrán presentar la iniciativa a la Comisión quien:

  • La publicará en su registro.
  • Recibirá a los organizadores para que expliquen en detalle las cuestiones que plantea la iniciativa.
  • En el plazo de tres meses recogerá en una Comunicación pública notificada a  los organizadores, al Parlamento Europeo y al Consejo sus conclusiones finales de carácter jurídico y político sobre la misma, las medidas que, en su caso, se proponga adoptar y sus razones.

Más información

En la página web de la Comisión sobre la iniciativa europea: http://ec.europa.eu/citizens-initiative se pueden consultar las iniciativas actualmente abiertas y todos los detalles necesarios para su presentación y registro.

Para mayor información se puede consultar la Guía de la Iniciativa Europea   y también se puede solicitar información a través de los siguientes formularios:

María Romo García

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