Las huelgas se encuentran reguladas tanto a nivel nacional como internacional.

La regulación de las huelgas y el derecho a participar en ellas se encuentran recogidos en varios textos nacionales e internacionales, entre los que se encuentran:

- La Constitución Española de 1978: en el segundo apartado del artículo 28, incluido en la Sección I (De los Derechos Fundamentales y de las Libertades Públicas) del Capítulo II (De Derechos y Libertades), se contempla lo siguiente: “Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

- Real Decreto-Ley 17/1977 de 4 de marzo, sobre las Relaciones de Trabajo, popularmente denominado como Ley de Huelga: este es el texto central que se encarga de la regulación de las huelgas. De hecho, en su artículo primero se recoge: “El derecho de huelga, en el ámbito de las relaciones laborales, podrá ejercerse en los términos previstos en este Real Decreto-ley”.

- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR): entró en vigor en 1976 tras ser aprobado en el seno de la Asamblea de las Naciones Unidas. En su artículo 8, en su apartado "d" está reflejado el “derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país”. 

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