La quiebra implica una situación de insolvencia duradera en el tiempo.

La quiebra, que puede afectar tanto a una persona física como jurídica, implica la inexistencia permanente de recursos suficientes para hacer frente a una deuda determinada. Las empresas, como los países, están rodeadas de la figura de los denominados acreedores; que van a tener plena capacidad para requerir el cumplimiento de una obligación monetaria o de otra naturaleza, contraída con ellos.

Cualquier empresa o sistema económico, debe poder disponer inmediatamente de una reserva o margen de actuación para la autofinanciación a partir de fondos propios. Así, si la falta de capacidad de pago fuese temporal porque sólo existieran recursos a largo plazo, entonces la situación sería lo que tradicionalmente se ha denominado como suspensión de pagos.

Pues bien, en general, la situación de quiebra alude directamente a la inexistencia de unos activos o fondos propios que sirvan para cancelar las distintas deudas tanto en un corto como en un largo plazo de tiempo. Es decir, que ni siquiera con el patrimonio ni la venta de todos sus activos puede logar cubrir los compromisos pendientes. A este respecto, hay que considerar que el valor contable de los bienes de la empresa no tiene que corresponderse con el que alcanzan durante la liquidación de la misma; puesto que pueden haber perdido valor con los años o, simplemente, no servir para otra empresa diferente. 

Ante una situación de quiebra en una empresa, no quedará más remedio que disolver la misma con la correspondiente liquidación de su patrimonio. Este proceso, estará regulado por un procedimiento concursal, en el que el poder judicial hará primar los intereses de los acreedores. En el caso de un país, la situación es muy distinta. Ante la insolvencia, la inflación monetaria y la falta de confianza de los inversores, la reacción inmediata es la de solicitar ayuda del resto de países u organismos internacionales para efectuar un rescate. 

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