En España se han introducido nuevas medidas en lo que han llamado "copago" de fármacos.

El día 24 de abril de 2012, fue publicado el Real Decreto-ley 16/2012 de Medidas Urgentes para Garantizar la Sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y Mejorar la Calidad y Seguridad de sus Prestaciones. En él, se establecían los porcentajes del precio de los medicamentos que debía abonar cada individuo en función de su condición. No obstante, el día 1 de julio es el momento en el que las nuevas cantidades se encuentran operativas:

- Anteriormente, se pagaba el 40% de los fármacos o el 0%, lo que ha cambiado en las siguientes proporciones: los parados sin subsidio por desempleo estarán exentos de abonar el porcentaje, los pensionistas comenzarán a pagar un 10% con un límite entre 8 y 60 euros mesuales, los trabajadores en activo abonarán entre el 40% y el 60% según se encuentre su renta por encima o por debajo de los 100.000 euros.

- Es posible la devolución del importe abonado en farmacias en los casos de: los pensionistas que no superen los 18.000 euros de renta, los que lo hagan hasta los 100.000 y los que superen esta última cantidad; reintegrándoles el dinero si han superado un gasto mensual de 8 euros, 18 euros y 60 euros, respectivamente. 

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