Un abogado puede cobrarte, básicamente, lo que él quiera, siempre que tú lo aceptes.

Hasta hace pocos años, las tarifas normales (en realidad, llamadas “honorarios”) estaban fijadas por los Colegios de Abogados. En esas tablas de honorarios que publicaban los Colegios se recogían, en función del tipo de asunto, del tipo de actuación del abogado y de jurisdicción, los honorarios de referencia.

Ahora esas tablas, en la actualidad, sólo se consideran tarifas orientadoras, de modo que el abogado puede cobrar lo que entienda correcto. Para evitar abusos, el abogado debe entregarte una propuesta de honorarios, donde recoja el importe que pretende cobrarte por el asunto que le hayas encomendado. Una vez que hayáis fijado de común acuerdo el importe de los servicios del abogado, no podrán modificarse si ambos no estáis de acuerdo en modificarlo.

En caso de conflicto, debes acudir al Colegio de Abogados, que disponen de Comisiones de Honorarios que establecerán los honorarios debidos, en función de las tablas orientadoras que se publiquen.

0