A veces nos encontramos con el concepto de “mejora voluntaria” en las nóminas y no sabemos muy bien a qué corresponde.

La explicación es sencilla: los convenios colectivos suelen contener las tablas de salarios que hay que abonar a cada una de las categorías profesionales y puestos de trabajo de la empresa. Las cantidades que vienen en esas tablas salariales tienen el carácter de mínimas, es decir, que la empresa puede pagar más, pero nunca menos.

Habitualmente las empresas abonan la cantidad establecida en esas tablas en concepto de “salario base”. Y cuando quieren pagar más (o se ha acordado con el trabajador una cantidad superior como salario) no lo hacen incrementando el salario base, sino utilizando la “mejora voluntaria”. Es decir, el pago por encima de lo establecido en convenio no requiere que se haga en el salario base.

¿Por qué hacen eso? Pues porque la mejora voluntaria no es como el salario de convenio que se suele actualizar anualmente. La mejora voluntaria no tiene porqué actualizarse todos los años (no hay porqué incrementarla con el IPC) y porque al ser “voluntaria” se podría eliminar dadas determinadas condiciones.

También porque es una cantidad que puede ser objeto de compensación y absorción. Finalmente, porque para calcular el importe de las pagas extraordinarias no hay porqué tener en cuenta la mejora voluntaria, sino solamente el salario base.

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