En diversas actividades concretas, los trabajadores tienen un horario que puede ser más o menos fijos a la semana. Adicionalmentees es habitual que tenga que hacer guardias.

En el ámbito de hospitales es habitual, pero también podemos citar otros como las líneas aéreas, las empresas de autobuses o las empresas de seguridad privada. En estos casos, puede ser necesario un refuerzo de otros trabajadores por diversas circunstancias: porque alguno que debería ir a trabajar se encuentra enfermo, porque no le da tiempo a acudir o porque se necesitan más autobuses para cubrir una ruta.

Para retribuir esas horas en las que se está de guardia y durante las cuales la empresa puede llamarte para que acudas, existe el plus de disponibilidad. Ese plus se abona en todos los casos de guardias como las que indico.

Si, además, en una de esas guardias te llaman para ir a trabajar, habrán de abonarte la retribución correspondiente (vía horas extras o mediante el complemento que se pacte) y el propio plus de disponibilidad.

1