La custodia compartida se está imponiendo cada vez más, como la forma más justa de cuidar a los hijos después de una separación o divorcio.

Hasta ahora en España, lo normal era que cuando se producía una separación o un divorcio, uno de los cónyuges (habitualmente, la madre) se quedaba con los hijos en custodia. Ese decir, que los menores se quedaban a vivir con ese cónyuge que tenía “la custodia” y el otro cónyuge tenía a los hijos en los períodos acordados o señalados por el Juez (vacaciones, fines de semana alternos, etc.).

Sin embargo, esta situación se está modificando, dado que se empieza a considerar, por un lado, que ambos padres deben tener derecho (y la obligación) de vivir con sus hijos en períodos iguales, ejerciendo las correspondientes responsabilidades sobre ellos. Así aparece la custodia compartida que es la situación legal mediante la cual, ambos progenitores ejercen la custodia de los hijos, en igualdad de condiciones y de derechos sobre los mismos.

Esto implica que la permanencia de los hijos con ambos padres será por iguales períodos de tiempo (por ejemplo, seis meses cada uno a lo largo del año). Implica también la revisión de las pensiones por alimentos y compensatorias fijadas hasta el momento.

De momento, en España, se aplica muy poco y, habitualmente, sólo si la madre quiere.

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