La permanencia suele ser uno de los aspectos más polémicos a la hora de realizar un contrato, pero su existencia tiene una razón lógica.

El concepto de permanencia es uno de los aspectos más característicos del contrato. Es el tiempo mínimo que debe permanecer el usuario en la compañía, con la misma tarifa (aunque siempre puede cambiarse a una de rango superior), y unas determinadas características.

Viene ligada a la adquisición de un terminal móvil, es decir, que cuando un cliente firma un contrato y adquiere un terminal, este tiempo obligado hace posible la financiación del terminal con el propio consumo del usuario. Una vez que acaba el tiempo de permanencia, el terminal es propiedad total del usuario, e incluso puede solicitar, la liberación del mismo para que pueda introducir y funcionar con otros operadores móviles.

Una vez que acaba el contrato, si la propia compañía le ofrece al usuario alguna oferta especial (que no sea la adquisición de un terminal) puede establecer de nuevo un tiempo de permanencia. Si no es así, el usuario puede cambiar de operador o incluso dar de baja el número de teléfono si éste lo desea.

En España la permanencia mínima en una compañía es de 18 meses, aumentándose hasta 24 meses por la adquisición de móviles de alta gama. La permanencia siempre la determina el terminal, nunca la tarifa (Exceptuando las renovaciones por oferta en tarifa, que suelen establecer 12 meses de permanencia).

Si el usuario cambia de operador antes de finalizar su periodo de permanencia, debe abonar una penalización siempre correlativa al consumo tenido hasta el momento y el tiempo restante hasta la finalización del contrato que abandona.

0