Los porcentajes de pago a cuenta y de retención han cambiado.

Los porcentajes de pago y de retención han sido reformados por Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria, Tributaria y Financiera para la Corrección del Déficit Público:

- “Incremento del porcentaje de pago a cuenta del 19 al 21 por ciento:

En los períodos impositivos 2012 y 2013, los porcentajes de pagos a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos, premios, arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores e Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen pasa al 21 por ciento.

- Incremento del porcentaje de retención del 35 al 42 por ciento:

Asimismo, durante los períodos a que se refiere el párrafo anterior, el porcentaje de retención del los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, se eleva al 42 por ciento”.

Fuente: Real Decreto-Ley  20/2011, de 30 de  diciembre, de Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria, Tributaria y Financiera para la Corrección del Déficit Público.

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